Creación del Servicio de Gobierno Regional

Edificio Intendencia

El Servicio de Gobierno Regional, fue creado por Ley 19175 orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional de fecha 11-11-1992.

La administración superior de cada región del país estará radicada en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de ella. Liderado por el Gobernador Regional.

Los gobiernos regionales gozarán de personalidad jurídica de derecho público, tendrán patrimonio propio y ejercerán las funciones y atribuciones que la ley les confiere. Podrán desarrollar sus competencias directamente o con la colaboración de otros órganos de la Administración del Estado. La administración de sus finanzas se regirá por lo dispuesto en el decreto ley N° 1.263, del Ministerio de Hacienda, de 1975, orgánico de Administración Financiera del Estado y en las demás normas legales relativas a la administración financiera del Estado. Cualquier nueva función o atribución que se les asigne a los gobiernos regionales deberá identificar la fuente de financiamiento y contemplar los recursos para su ejercicio.

 

En la administración interna de las regiones los gobiernos regionales deberán observar como principio básico, el desarrollo armónico y equitativo de sus territorios, tanto en aspectos de desarrollo económico, como social y cultural.

 A su vez, en el ejercicio deLey Nº 19.653 Art. 3º Nº 1 sus funciones, deberán inspirarse  en principios de equidad, eficiencia y eficacia en la asignación y utilización de recursos públicos y en la prestación de servicios; en la efectiva participación de la comunidad regional y en la preservación y mejoramiento del medio ambiente, así como en los principios establecidos por el artículo 3º de la Ley Nº 18.575.

El gobierno regional estará constituido por el gobernador regional y el consejo regional.

Cuando la ley requiera la opinión o acuerdo del gobierno regional, el gobernador regional en su calidad de 
órgano ejecutivo de aquél, deberá someterlo previamente al acuerdo del consejo regional.

El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole además presidir el consejo regional. Ejercerá sus funciones con arreglo a la Constitución Política de la República.

MISION GOREMAGALLANES

"Liderar el desarrollo de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, considerando su identidad regional, mediante la elaboración, implementación y evaluación de políticas e instrumentos de planificación e inversión, con el fin de mejorar la calidad de vida de sus habitantes." (Resolucion Ex. GR N°55 del 22 de Mayo de 2015)

 
     

 

 

Ley 21.073
Ley 19.175
Resolución Ex. GR N°55
 

 

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